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¿Cuánto debe medir una puerta para personas con discapacidad?

Santiago Mora
Santiago Mora
2025-10-26 14:47:28
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La legislación actual al respecto afirma que el ancho mínimo ha de ser de 80 centímetros. Se recomienda que sea por lo menos de 100 cm. En cuanto a los mecanismos de apertura, tienen que estar ubicados a una altura de entre 0,80 y 1,20 metros, además de poder ser maniobrables con una sola mano o, mejor aún, automáticos. Cuando hablamos de puertas accesibles nos estamos refiriendo a puertas que permiten sin problema la entrada de personas con movilidad reducida. La realidad es que aunque nos podamos encontrar en perfecto estado hoy, no sabremos nunca cómo estaremos mañana. Todos envejecemos, o esa es nuestra aspiración, y es sabido que conforme pasan los años perdemos facultades psicomotrices. Adaptar una vivienda, oficina o local comercial al paso de personas con movilidad reducida es una labor esencial y, según el sector y su respectiva normativa, obligatoria. Por ello, tanto por una cuestión de empatía y democracia, así como por prevenir de cara a nuestro propio futuro, es una labor esencial y, según el sector y su respectiva normativa, obligatoria.
Inés Garay
Inés Garay
2025-10-26 14:21:34
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El ancho de paso libre debe ser mínimo de 80 cm, siendo 100 cm lo recomendable. En cuanto a la altura libre del hueco de la puerta, deberá tener como mínimo 220 cm.

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