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¿Cuándo es obligatorio un baño accesible?

Aaron Domenech
Aaron Domenech
2025-10-22 01:45:11
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Siempre que sea exigible la existencia de aseos o de vestuarios por alguna disposición legal de obligado cumplimiento, existirá al menos un aseo accesible por cada 10 unidades o fracción de inodoros instalados, pudiendo ser de uso compartido para ambos sexos. En cada vestuario, una cabina de vestuario accesible, un aseo accesible y una ducha accesible por cada 10 unidades o fracción de los instalados. La obligatoriedad de aseos para minusválidos no es baladí, es una necesidad. Siempre, al menos una unidad. Por tanto, independientemente de las necesidades de un programa en concreto, la cuestión de la existencia cuantitativa de los aseos para minusválidos es de carácter numérico, con un mínimo de una cabina. La distinción entre sexos no es obligatoria en estos casos, aunque se recomienda incluir aseos adaptados para ambos. ¿Debo adaptar un aseo para minusválidos.